Un amigo, nos envía la siquiente consulta que trataremos de contestar; en caso de más aclaraciones o precisiones, cualquiera puede hacer los comentarios que estime oportunos.
Hola, soy propietario de una vivienda unifamiliar aislada que me hicieron hace unos 2 años y tengo una serie de desperfectos que me gustaría reclamar, mi pregunta es ¿a quien se lo tengo que reclamar? al constructor, al que me vendió los materiales o al arquitecto y aparejador?
Dependerá del tipo de desperfectos y del momento en el que se manifiestan, el marco en el que se regulan la responsabilidades en edificación es la Ley de Ordenación de la Edificación (L.O.E) y se distingues las siguientes:
ResponderEliminar- Durante 10 años, los daños materiales por vicios y defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales y que comprometen la resistencia y estabilidad del edificio. A este tipo de daños se dirige el Seguro Decenal obligatorio.
- Durante 3 años los daños materiales causados por vicios y defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que conlleven el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad.
- Durante el primer año, el constructor responderá de los daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación y acabado.
Sobre al agente debe Ud. reclamar, mi consejo es que reclame formalmente a su vendedor las reparaciones lo antes posible y en caso de que insatisfacción se plantee la reclamación judicial para la depuración de responsabilidades.